Observaciones: | PODRÁN SER BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS DE LA PRESENTE CONVOCATORIA TODAS LAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE TENGAN POR OBJETO LA ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA, PSÍQUICAS O SENSORIAL, O A ASOCIACIONES DE ATENCIÓN A OTROS CIUDADANOS O PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL Y CUYO ÁMBITO DE ACTUACIÓN SEA LA PROVINCIA DE CÁCERES. |